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miércoles, 14 de febrero de 2024

CANCELACIÓN DE PATRIMONIO DE FAMILIA





Para adelantar una cancelación de patrimonio de familia o levantamiento de patrimonio de familia, es necesario identificar algunos aspectos importantes;

Primero que todo hay que especificar si hay hijos menores de edad o no, esto es determinante para saber si es necesario solicitar la presencia de defensor de menores para que vele por los derechos de esos menores de edad, además también hay que determinar si ya se cumplió con el plazo de prohibición de venta, impuesto por la respectiva entidad que otorgo el subsidio (en caso que se haya constituido patrimonio de familia por solicitud de subsidio).

Después de tener claro estos dos puntos, podemos comenzar con el tramite de cancelación de patrimonio de familia, para lo cual se requiere de los siguientes documentos:

  • Fotocopias de cédula de ciudadanía de las personas que figuren en las escrituras como propietarios
  • Registros Civiles de nacimiento de todos los hijos ya sean mayores o menores de edad
  • Fotocopia de Escrituras con las que se adquirió la propiedad del inmueble
  • Certificado de Tradición y Libertad del inmueble
  • Poder firmado y autenticado
  • Si hay hipoteca vigente, es necesario anexar carta de no oposición del banco 


Una vez se haya cancelado el patrimonio de familia, el inmueble es susceptible de vender o hipotecar.

PREGUNTAS Y MITOS MAS COMUNES




Espero haya sido de ayuda esta publicación, en caso de requerir asesoría personalizada me pueden contactar ya sea por vía whatsapp, o por mi correo electrónico  juanmartinez1112@gmail.com

Ahora bien, si necesita de los servicios de una oficina de abogados experta:
  1. Comuníquese directamente conmigo vía whatsapp, al número 3138513526 cuya consulta no tiene costo. 





     2. puede seguirme en la pagina de facebook para asistir a charlas gratuitas y en vivo sobre este y varios procesos mas, que le pueden interesar. PAGINA DE FACEBOOK 

Abogado Juan Carlos
Martínez
Cel: 3138513526
juanmartinez1112@gmail.com
Av. Jiménez # 4-03 oficina 1302 Bogotá


jueves, 10 de agosto de 2017

SANEAMIENTO DE BIENES INMUEBLES

sabe usted de que trata el saneamiento de bienes inmuebles?

Si usted tal vez es propietario de un bien inmueble (casa, apartamento, local, bodega, finca e.t.c), usted deberá saber todo respecto de la situación jurídica de ese bien inmueble, o si tal vez usted esta interesado en comprar un bien inmueble, con mayor razón usted deberá empaparse del tema de saneamiento de bienes inmuebles.

El certificado de libertad de cada bien inmueble es la hoja de vida en aspectos jurídicos del bien inmueble de su propiedad o del inmueble que piensa adquirir. En este documento se encuentran todas las anotaciones que de manera directa afecta el bien inmueble; por ejemplo las ventas del mismo, hipotecas, embargos, propiedad horizontal, enajenaciones, y demás aspectos jurídicos algunos no relevantes y otros muy importantes como limitaciones al dominio.

En ek caso que usted sea un comprador de un bien inmuebles, es recomendable contratar los servicios de un profesional en derecho, dedicado al tema inmobiliario y adelantar un estudio de títulos detallado, esto con el fin de determinar que efectivamente ese bien inmueble este apto para la venta, y que por el contrario no vaya a ser un dolor de cabeza para el futuro.

En conclusión el saneamiento de bienes inmuebles no es mas que el análisis y diagnostico y la solución  para arreglar todos los problemas jurídicos que impidan la normal comercialización o rotación de un bien inmueble.

Este tema de saneamiento de bienes inmuebles, tiene que ver entonces con los siguientes temas entre otros:

  • Cancelación de patrimonio de familia
  • Cancelación de vivienda familiar
  • Sucesiones
  • Divorcios
  • Pertenencia
  • Divisorio
  • Contratos de arrendamiento
  • Restitución de inmueble arrendado
  • Hipotecas
  • Embargos
  • Pagos de cuotas de administración
  • Ley de insolvencia   
  • Promesas de compraventa
  • Escrituracion
Entre otros tantos temas.

Si requiere de los servicios de un abogado para estudio de titulos y/o saneamiento de bien inmueble, no dude en contactarme.


Abogado Juan Carlos Martinez
Cel: 3124188562

miércoles, 20 de junio de 2012

AFECTACION A VIVIENDA FAMILIAR Vs CONSTITUCION DE PATRIMONIO DE FAMILIA

Si estas pensando en proteger el bien inmueble en donde vives que obviamente es de tu propiedad, tienes que enterarte de estas dos figuras:

La afectación a vivienda familiar es una figura que busca proteger la unidad familiar en un bien inmueble, lo que en palabras coloquiales quiere decir que esta figura impide a uno de los cónyuges a que venda o enajene el predio afectado sin el consentimiento del otro; esto garantiza, que cualquier actuación que se piense hacer con el bien, deberá consultarse con su cónyuge (esposo o esposa) y así evitar malos entendidos. Esta afectación a vivienda familiar se puede hacer por la vía notarial si ambos cónyuges están de acuerdo, o por la vía judicial si hay desacuerdo entre los cónyuges. Esta figura se encuentra normanda en la Ley 854 de 2003 o Ley de la doble firma.

La constitución de Patrimonio de Familia es una figura un poco mas rígida que la anterior, aunque igualmente se presenta ante notaria o ante juzgado y también se hace por escritura publica. La diferencia es que con esta figura se busca proteger es a los hijos menores de edad, a su amparo y garantía de un techo mientras conserven la calidad de menores de edad. Para la cancelación del Patrimonio de familiar se requiere de cierta rigurosidad que tiene que ver con la designación de un curador que vele por los derechos delos menores, o bien que cese la calidad de menor de edad.

Estas figuras anteriormente expuestas, son herramientas muy útiles a la hora de proteger un bien inmueble a frente a la susceptibilidad de embargo o alguna otra figura parecida, pero igualmente su cancelación es obligatoria en el momento de hacer alguna actuación con el predio, como lo seria alguna posible venta.

Espero haya sido de utilidad esta publicación, y que tomen en cuenta que no todos los casos son iguales. En  nuestra oficina ubicada en la Autopista sur numero 50-11 segundo piso podremos dar una asesoría mas personalizada respecto de cualquiera de estas dos figuras.

Una vez mas gracias por leer mis publicaciones, recuerden que pueden hacer sus preguntas suscribiéndose a este blog en la casilla de registro, o haciendo comentarios aquí abajo, también pueden comunicarse con migo a mi numero de celular.


Juan Carlos Martinez
Abogado
Celular 3124188562